Dt 7 Urbanismo de I. Balears
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»D.T. 7ª. Régimen de las condiciones de los espacios libres públicos existentes y reconocidos por el planeamiento vigente
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Todos los espacios libres públicos que se hayan considerado en el cómputo para el cálculo de los estándares mínimos de zonas verdes y espacios libres públicos en los planeamientos vigentes a la entrada en vigor de la presente ley, podrán seguir computando a todos los efectos sin que les sean de aplicación las condiciones impuestas en la presente ley y demás normativa concordante.
