Dt 8 Mejora de la estructura territorial agraria
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»D.T. 8ª. Vinculaciones de los planeamientos a los acuerdos de reordenación parcelaria
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Será de aplicación lo establecido en el último párrafo del artículo 38 a los procedimientos de concentración parcelaria que, a partir de la entrada en vigor de la Ley 4/2015, de 17 de junio, de mejora de la estructura territorial agraria de Galicia, hubieran alcanzado la fase de acuerdo de concentración firme.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.T. 8ª (se añade)) por LEY 3/2018, de 26 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.
(G de 28-12-2018) en vigor desde 01-01-2019
