Dt 8 Modificación del Con...de Navarra

Dt 8 Modificación del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra

Ver Indice
»

D.T. 8ª.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


El régimen tributario aplicable a las agrupaciones de interés económico y las uniones temporales de empresas constituidas con anterioridad a la entrada en vigor del presente convenio económico será el correspondiente a la Comunidad Foral, cuando no superen el ámbito territorial de la misma y estén sujetas a la legislación fiscal foral.

Por tanto, Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley.

Madrid, 15 de julio de 2003.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno, JOSÉ MARÍA AZNAR LÓPEZ