Dt 8 Ordenación Sanitaria de Madrid

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D.T. 8ª. Integración de Personal de la Comunidad de Madrid.

Vigente

El personal de la Comunidad de Madrid que se integre en el Instituto Madrileño de la Salud, seguirá rigiéndose por las disposiciones legales que le sean aplicables atendiendo a su procedencia y a su vinculación jurídica, respetándosele todas las condiciones, derechos y obligaciones adquiridas hasta ese momento.