Dt 8 Retribuciones del pr...versitario

Dt 8 Retribuciones del profesorado universitario

Ver Indice
»

D.T. 8ª.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Los complementos personales y transitorios o conceptos retributivos de análoga naturaleza reconocidos al amparo de la anterior normativa serán absorbidos por los incrementos retributivos que se deriven de la aplicación del presente Real Decreto, así como por cualquier futura mejora retributiva, sin perjuicio de los criterios que establezcan las sucesivas Leyes de Presupuestos.

En cualquier caso, los complementos personales y transitorios se extinguirán por cambio de Cuerpo, puesto de trabajo o régimen de dedicación, así como por extinción de las causas que han motivado su concesión.