Dt 8 TR. Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones
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»D.T. 8ª. Fondos de pensiones abiertos existentes con anterioridad a 1 de enero de 2016.
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Los fondos de pensiones de empleo o personales inscritos en el Registro Administrativo de Fondos de Pensiones que, a 31 de diciembre de 2015, vinieran operando como fondos de pensiones abiertos podrán continuar dicha actividad, así como seguir aplicando su régimen anterior de composición de la comisión de control del fondo en tanto mantengan planes de pensiones directamente integrados.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.T. 8ª (Se añade)) por Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.
(BOE de 15-07-2015) en vigor desde 01-01-2016
