Dt 9 Actividades y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica
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D.T. 9ª. Actividad de Comercialización.

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Las empresas comercializadoras que de forma provisional hayan sido autorizadas e inscritas en el Registro de empresas comercializadoras del Ministerio de Economía dispondrán de un plazo de tres meses para presentar la solicitud de autorización de su actividad y de inscripción definitiva en el Registro.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-12-2000 en vigor desde 16-01-2001