Dt 9 caza de Castilla-La Mancha
Ver Indice
»DISPOSICIÓN TRANSITORIA NOVENA.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los cotos privados de caza actualmente constituidos contarán con el plazo de un año desde la entrada en vigor de la presente Ley para disponer del servicio de vigilancia o guardería a que se refiere el artículo 82.1 de la misma. Se exceptúan aquellos a que hace mención la disposición transitoria segunda de esta Ley.
