Dt 9 Mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva
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»D.T. 9ª. Procedimiento de aprobación de instrumentos de planeamiento en tramitación.
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La modificación del artículo 32 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, será de aplicación a los procedimientos de aprobación de instrumentos de planeamiento para los que, contando con aprobación inicial, aún no hubieren sido solicitados los correspondientes informes sectoriales, dictámenes u otro tipo de pronunciamientos de los órganos y entidades administrativas gestores de intereses públicos afectados previstos legalmente como preceptivos.
