Dt 9 Ordenación del Territorio de Canarias
- NOTA: Se deja sin efecto la derogación por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, con entrada en vigor el 15 de mayo de 2000, por la Ley 1/2013, de 25 de abril.
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»D.T. 9ª. Expedientes Expropiatorios en tramitación.
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1. Una vez constituida la Comisión de Valoraciones de Canarias, la fijación definitiva del justiprecio en vía administrativa corresponderá a este órgano.
2. Los expedientes expropiatorios que en dicha fecha tuvieran aprobada la relación de propietarios y descripción de los bienes y derechos afectados, continuarán tramitándose por el procedimiento correspondiente, incluida, en su caso, la remisión al Jurado Provincial de Expropiación.
