Dt 9 TR. Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística -Derogado-
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»D.T. 9ª. La conservación de urbanizaciones.
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Las obras y los servicios de urbanización cuya conservación se encuentre encomendada, a la entrada en vigor de esta Ley, a entidades urbanísticas con tal finalidad u objeto continuarán siendo conservadas con arreglo al mismo régimen, sin que les sea de aplicación lo dispuesto en el número 1 del artículo 135.
