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Dt �nico Adaptación del Régimen Local de la Comunidad de Madrid a la Ley 27/2013, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local

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D.T. UNICA. Adaptación estatutaria de las mancomunidades

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1. Se considerarán en proceso de adecuación de estatutos de las mancomunidades previsto en la disposición transitoria undécima de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, las solicitudes de adaptación presentadas en el período de seis meses fijado en aquella, cuya presentación haya sido debidamente acreditada en el citado plazo.

2. Para llevar a cabo la disolución de oficio, se requerirá la constatación del incumplimiento de lo establecido en el apartado anterior, procediéndose a la adopción del acuerdo de disolución en el plazo de seis meses.

3. El acuerdo de disolución determinará la necesidad de crear una comisión de liquidación.