Dt �nico aprobación en el año 2016 de determinadas modificaciones tributarias
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»D. T. UNICA. Régimen fiscal transitorio de las participaciones preferentes e instrumentos de deuda.
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La entrada en vigor de lo dispuesto en el artículo 8 de esta Norma Foral no modificará el régimen fiscal aplicable a las participaciones preferentes y otros instrumentos de deuda que se hubieran emitido con anterioridad a su fecha de efectos.

