Dt �nico se desarrollan las particularidades presupuestarias y contables que deben regir la prórroga de los presupuestos hasta que entre en vigor la ley de presupuestos generales 2025 de I. Balears
D.T. Única. Régimen transitorio para el pago no presupuestario de determinados gastos urgentes e inaplazables
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Transitoriamente, se podrán tramitar como pagos no presupuestarios los pagos de obligaciones de carácter urgente y no aplazable que deban imputarse con cargo al ejercicio de 2025 antes de que se incorporen al sistema de información económico-financiera los créditos de los presupuestos prorrogados.
El carácter urgente e inaplazable del gasto se determinará por resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación o, en su caso, por el órgano que tenga delegadas las competencias del consejero en materia de operaciones no presupuestarias.
Estos gastos y pagos deben aplicarse a los créditos correspondientes del presupuesto de gasto en el plazo máximo de diez días desde la incorporación del presupuesto prorrogado para el 2025 al sistema de información económico-financiera.
