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Dt �nico Se desarrollan las particularidades presupuestarias y contables que deben regir la prórroga de los presupuestos hasta que entre en vigor la ley de presupuestos generales de Baleares

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D.T. Única. Régimen transitorio para el pago no presupuestario de determinados gastos urgentes e inaplazables

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Transitoriamente, se podrán tramitar como pagos no presupuestarios los pagos de obligaciones de carácter urgente y no aplazable que deban imputarse con cargo al ejercicio de 2026 antes de que se incorporen al sistema de información económico-financiera los créditos de los presupuestos prorrogados.

El carácter urgente e inaplazable del gasto se determinará por resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación o, en su caso, por el órgano que tenga delegadas las competencias del consejero en materia de operaciones no presupuestarias.

Estos gastos y pagos deben aplicarse a los créditos correspondientes del presupuesto de gasto en el plazo máximo de diez días desde la incorporación del presupuesto prorrogado para el 2026 al sistema de información económico-financiera.