Dt �nico establece el t...as minimas

Dt �nico establece el titulo de Tecnico Superior en Agencias de Viajes y Gestion de Eventos y se fijan sus enseñanzas minimas

  • Las referencias contenidas en la D.A. 3ª relativa a las titulaciones equivalentes y vinculación con capacitaciones profesionales que se hicieran al módulo profesional de Formación y orientación laboral deberán entenderse hechas al módulo de Itinerario personal para la empleabilidad I. Queda sin efecto cualquier referencia a titulaciones habilitantes a efectos de docencia que remita a los derogados anexos III B) y III D). Queda sin efecto cualquier referencia a las preferencias para el acceso a ciclos formativos de grado superior en relación con las modalidades y materias de Bachillerato cursadas contenida. Las referencias contenidas en el articulado a las «competencias profesionales, personales y sociales» deben entenderse hechas a «competencias profesionales y para la empleabilidad». Las referencias contenidas en el articulado al módulo de «Proyecto», con la denominación específica que corresponda, pasa a denominarse «Proyecto intermodular», manteniendo el resto de la denominación y número de código específico que tuviera. - Real Decreto 500/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican determinados reales decretos por los que se establecen titulos de Formacion Profesional de grado superior y se fijan sus enseñanzas minimas.
Ver Indice
»

D.T. UNICA. Aplicabilidad de otras normas.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Hasta que sea de aplicación lo dispuesto en este real decreto, en virtud de lo establecido en sus disposiciones finales segunda y tercera, será de aplicación lo dispuesto en el Real Decreto 2215/1993, de 17 de diciembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Agencias de Viajes y las correspondientes enseñanzas mínimas.

2. Asimismo, hasta que sea de aplicación la norma que regule, para el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, el currículo correspondiente al título de Técnico Superior en Agencias de Viajes y Gestión de Eventos, será de aplicación lo establecido en el Real Decreto 144/1994 de 4 de febrero, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Agencias de Viajes.