Dt �nico Estructura y organización territorial de la AEAT -Derogada-
D.T. UNICA.
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Copiloto jurídico
1. Hasta tanto se adapte la relación de puestos de trabajo a lo establecido en la presente Resolución, las competencias y funciones de las Delegaciones Especiales, Delegaciones y Administraciones de la Agencia Tributaria contempladas en la misma serán desempeñadas con relación a los órganos y unidades administrativas actualmente integrados en ellas.
2. En la Delegación Especial de Madrid, y hasta tanto se adapte la relación de puestos de trabajo a los establecido en la presente Resolución, los puestos de Jefe del Área Regional y Jefe del Área Provincial pasarán a tener la siguiente denominación:
El Jefe del Área Regional de Inspección y el Jefe del Área Provincial de Inspección pasarán a denominarse Inspectores Regionales Adjuntos.
El Jefe del Área Regional de Recaudación y el Jefe del Área Provincial de Recaudación pasarán a denominarse Jefes de Dependencia Regional Adjunto de Recaudación.
