Dt �nico Funciones del personal vigilante municipal en situación a extinguir
- Norma vigente en lo que no se oponga a lo establecido en la Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía. - Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía.
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»D.T. Única. Personal vigilante municipal anterior a la Ley 13/2001, de 11 de diciembre.
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Al personal que ostentaba la denominación de vigilante, de conformidad con la derogada Ley 1/1989, de 8 de mayo, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía, y que por la disposición adicional segunda de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, pasa a denominarse vigilante municipal, que no se hubiese podido integrar en el respectivo Cuerpo de la Policía Local creado antes de la entrada en vigor de esta Ley, le será de aplicación lo dispuesto en el presente Decreto.
