Dt �nico Impuesto sobre la Renta de No Residentes de Álava -Derogada-
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A los contribuyentes sin establecimiento permanente que sean personas físicas les será aplicable lo previsto en la Disposición Transitoria Única del Texto Refundido del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo.
