Dt �nico Medidas Urgentes de Agilización y Simplificación de Procedimientos para la Gestión y Ejecución de los Fondos Europeos de Recuperación
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»D.T. Única. Régimen transitorio.
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1. Los procedimientos iniciados antes de la entrada en vigor de la presente ley se regirán por la normativa anterior. 2. No obstante, las disposiciones sobre medidas de agilización y simplificación de procedimientos para la gestión y ejecución de los fondos europeos se aplicarán a los procedimientos vinculados a dichos fondos, aunque estos hayan sido iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente ley.
