Dt �nico Modificación del Decreto-Ley 7/2020 de Cataluña
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A menos que se establezca otro plazo de vigencia, lo que se dispone en este Decreto ley permanecerá vigente hasta que no se levante el estado de alarma decretado por el Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, que declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
