Dt �nico Régimen general del servicio público de ayuda a domicilio
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Las entidades locales prestadoras del servicio de ayuda a domicilio deberán adaptar sus ordenanzas municipales, así como las condiciones para la gestión del servicio de ayuda a domicilio, a lo dispuesto en la presente Resolución, en el plazo de seis meses desde su entrada en vigor, sin perjuicio de los límites previstos en la normativa aplicable en materia de contratación pública.
