Dt �nico Régimen jurídico aplicable al otorgamiento de títulos habilitantes para la prestación del servicio de radiodifusión sonora por ondas terrestres -Derogado-
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»DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA. Régimen jurídico aplicable a las concesiones existentes y a las que resulten de procedimientos de concesión iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del presente Decreto.
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1. Las concesiones existentes a la entrada en vigor del presente decreto se regirán por la normativa anterior que resulte aplicable en cada caso. No obstante, la renovación de las mismas y todas las incidencias posteriores a dicha renovación se regirán por lo establecido en este Decreto.
2. Las concesiones otorgadas con posterioridad a la entrada en vigor del presente decreto se regirán por la normativa vigente al tiempo de la iniciación del procedimiento de adjudicación. En todo caso, la renovación de las mismas y todas las incidencias posteriores a dicha renovación se regirán por lo establecido en este Decreto.
