Dt �nico Reglamento que regula las normas de accesibilidad universal en la edificación, espacios públicos urbanizados, espacios públicos naturales y el transporte
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»D.T. UNICA. Régimen de aplicación.
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Durante el período que media entre la publicación del presente decreto y su entrada en vigor, las disposiciones contenidas en él serán de aplicación potestativa a aquellas actuaciones para las que se solicite autorización administrativa en dichos ámbitos.
Dichas actuaciones deberán comenzar dentro del plazo máximo de eficacia de la autorización administrativa, conforme a su normativa reguladora, y, en su defecto, en el plazo de nueve meses contado desde la fecha de otorgamiento de la referida autorización. En caso contrario, las actuaciones deberán adaptarse a las exigencias de accesibilidad regladas por en este decreto.
