Dt �nico regula la formación para el acceso progresivo al permiso de conducción de la clase A
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»D.T. Única. Motocicletas utilizadas en la formación para el acceso al permiso de conducción de la clase A.
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Copiloto jurídico
Las motocicletas utilizadas para realizar la formación práctica para la obtención del permiso de conducción de la clase A, cuya masa en vacío sea inferior o igual a 175 kg o que tengan una potencia igual o superior a 40 kw e inferior a 50 kw, que estén dadas de alta en las escuelas particulares de conductores o sus secciones el día 31 de diciembre de 2013, podrán seguir utilizándose hasta el 31 de diciembre de 2018.
Modificaciones
- Artículo modificado por Orden INT/2229/2013, de 25 de noviembre, por la que se modifican los anexos I, V, VI y VII del Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo y la Orden INT/2323/2011, de 29 de julio, por la que se regula la formación para el acceso progresivo al permiso de conducción de la clase A.
(BOE de 02-12-2013) en vigor desde 31-12-2013
