Dt �nico Defensa de Consumidores y Usuarios de Cantabria
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»D.T. Única. Procedimientos administrativos sancionadores iniciados antes de la entrada en vigor de la presente Ley.
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1. La presente Ley no será de aplicación a los procedimientos administrativos sancionadores iniciados antes de su entrada en vigor.
2. Lo previsto en el apartado anterior no será de aplicación a los procedimientos sancionadores en todo aquello que la presente Ley resulte más favorable a los presuntos infractores.
