Dt �nico Impuesto sobre la Renta de no Residentes
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.T. 1ª.
Vigente
A los contribuyentes sin establecimiento permanente que sean personas físicas les será aplicable lo previsto en la disposición transitoria única del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo.
Modificaciones
- Artículo modificado por NORMA FORAL 5/2020, de 15 de julio, por la que se establece un sistema integral de control de los rendimientos de las actividades económicas, así como medidas para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, mediante la modificación de la Norma Foral del Impuesto sobre Sociedades, la Norma Foral del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, la Norma Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la Norma Foral del Impuesto sobre Patrimonio y la Norma Foral General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia.
(BOB de 27-07-2020) en vigor desde 27-07-2020