Dt �nico Medidas urgentes para garantizar el derecho a la vivienda
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»D.T. UNICA.-Deber de comunicación de las entidades financieras, sus filiales inmobiliarias y las entidades de gestión de activos relativa a viviendas protegidas.
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En el plazo de un mes desde la entrada en vigor de esta Ley Foral las entidades financieras, sus filiales inmobiliarias y las entidades de gestión de activos, incluidos los procedentes de la reestructuración bancaria, vendrán obligadas a comunicar al Departamento competente en materia de vivienda un inventario de las viviendas protegidas que integren su balance, radicadas en el territorio de la Comunidad Foral, con indicación de su ubicación, precio y fecha de adquisición y situación administrativa. Ello con cumplimiento de la normativa reguladora de protección de datos y de lo dispuesto en la normativa básica estatal.
