Dt �nico Perros de asistencia a personas usuarias de apoyo animal
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»D.T. Única. Régimen transitorio de aplicación.
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Los centros de adiestramiento existentes que estén desarrollando su actividad en Extremadura a fecha de entrada en vigor de la presente orden, dispondrán del plazo de un año para adecuar sus características a lo exigido por ella.
Las unidades de vinculación existentes en Extremadura a fecha de entrada en vigor de la presente orden, dispondrán del plazo de un año desde la puesta en marcha del Registro de perros de asistencia, centros de adiestramiento y unidades de vinculación, para adecuar sus características a lo exigido por ella.
