Dt �nico Reglamento de procedimientos amistosos en materia de imposicion directa
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»D.T. UNICA. Régimen transitorio de los procedimientos.
Vigente
Lo dispuesto en los artículos 2, 9.1 y 19.1 de este Reglamento será de aplicación a los procedimientos pendientes de terminación a 1 de enero de 2016.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.T. Unica (se añade)) por Real Decreto 1021/2015, de 13 de noviembre, por el que se establece la obligación de identificar la residencia fiscal de las personas que ostenten la titularidad o el control de determinadas cuentas financieras y de informar acerca de las mismas en el ámbito de la asistencia mutua.
(BOE de 17-11-2015) en vigor desde 01-01-2016 - Texto Original. Publicado el 18-11-2008 en vigor desde 01-01-2016