Dt único establece el Título de Técnico Superior en Administración y Finanzas y enseñanzas mínimas
D.T. UNICA. Aplicabilidad de otras normas.
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1. Hasta que sea de aplicación lo dispuesto en este real decreto, en virtud de lo establecido en sus disposiciones finales segunda y tercera, será de aplicación lo dispuesto en el Real Decreto 1659/1994 de 22 de julio, por el que se establece el título de Técnico Superior en Administración y Finanzas y las correspondientes enseñanzas mínimas.
2. Asimismo, hasta que sea de aplicación la norma que regule, para el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, el currículo correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas, será de aplicación lo establecido en el Real Decreto 1674/1994 de 22 de julio, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas.
