Dt único Homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación no universitaria
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»D.T. 1ª.
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Los expedientes de convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación no universitaria incoados con anterioridad a la entrada en vigor de este Real Decreto continuarán su tramitación y se resolverán de acuerdo con la normativa vigente en el momento de su iniciación.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.T. Única (se renumera como D.T. 1ª)) por Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.
(BOE de 30-03-2022) en vigor desde 31-03-2022
