Dt único Modelos de presentación en el Registro Mercantil de cuentas anuales consolidadas de sujetos obligados
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»D.T. Única. Régimen transitorio de los modelos y formatos electrónicos.
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Los sujetos obligados podrán seguir utilizando el modelo y formato electrónico actualmente vigentes para la presentación de las cuentas consolidadas de ejercicios iniciados con anterioridad al 1 de enero de 2020.
No obstante, se permitirá la utilización de los modelos aprobados por la Orden y Resolución que ahora se derogan, siempre que la aprobación de las cuentas consolidadas y su depósito en el Registro Mercantil competente se haya efectuado con anterioridad a la entrada en vigor de esta orden.

