Dt único Modelos para la presentación en el Registro Mercantil de cuentas anuales de sujetos obligados
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Dt único Modelos para la presentación en el Registro Mercantil de cuentas anuales de sujetos obligados

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D.T. Única. Régimen transitorio de los modelos y formatos electrónicos.

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Los sujetos obligados podrán seguir utilizando los modelos y formatos electrónicos aplicables con anterioridad a la vigencia de la presente orden ministerial para la presentación de las cuentas anuales de ejercicios iniciados con anterioridad al 1 de enero de 2020.

No obstante, se permitirá la utilización de los modelos aprobados por la Orden y Resolución que ahora se derogan, siempre que la aprobación de las cuentas y su depósito en el Registro Mercantil competente se haya efectuado con anterioridad a la entrada en vigor de esta orden.