Dt único Registro General Electrónico de Convenios de la Administración
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»D.T. Única. Régimen transitorio del procedimiento de registro.
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En tanto no sea puesta en funcionamiento la aplicación informática del Registro General Electrónico de Convenios la gestión se efectuará conforme a lo establecido en el Decreto 30/2010, de 19 de agosto, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
