Duodécima �nico se convocan las actividades formativas para el año 2026 de lenguaje administrativo y jurídico gallego para el personal al servicio de las distintas administraciones de la Comunidad Autónoma de Galicia
Duodécima. Incidencias
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Copiloto jurídico
1. La EGAP y la Secretaría General de la Lengua resolverán aquellas incidencias que puedan producirse en el desarrollo y en la gestión de los cursos, y podrán suprimir alguno, ampliar nuevas ediciones de la programación o programar otros cursos diferentes cuando así venga exigido por circunstancias que le afecten a su organización o docencia. Le corresponde a la EGAP, en colaboración con la Secretaría General de la Lengua, proveer cuanto sea necesario para la ejecución y el cumplimiento de esta resolución.
2. La EGAP y la Secretaría General de la Lengua podrán modificar el desarrollo y los contenidos de los cursos, las fechas y los lugares, así como resolver todas las contingencias que puedan surgir.
3. En el supuesto de que el número de personas admitidas sea inferior al 50 % de las plazas convocadas, la EGAP y la Secretaría General de la Lengua se reservan el derecho a suspender, cancelar o agrupar varias ediciones de los cursos, caso en el que emplearán los medios de notificación a las personas interesadas previstos en la normativa vigente.
4. La realización de los cursos queda condicionada a la existencia de crédito presupuestario adecuado y disponible y a la autorización correspondiente del gasto.
5. Las reclamaciones presentadas en relación con la cualificación otorgada en las actividades formativas serán objeto de estudio por una comisión técnica de evaluación, formada por la persona titular de la Subdirección General de Política Lingüística, la persona encargada de la coordinación de los cursos de lenguajes específicos y dos personas expertas de la Secretaría General de la Lengua. La comisión emitirá un informe que servirá de base para la resolución de las reclamaciones.

