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Duodécimo �nico de se convocan las acciones formativas de actualización y especialización dirigidas a funcionarios de los Cuerpos de Policía Local para 2026 de la Comunidad de Madrid

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Duodécimo. Determinación de la cifra mínima de alumnos participantes

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1. Con carácter general, el número de alumnos previstos para cada una de las acciones formativas programadas será el que figura en el Anexo I del Plan, sin perjuicio de que finalmente la previsión inicial pueda ser modificada por la Dirección General de Seguridad con el fin de adaptarla, cuando corresponda, a las peculiaridades de la acción formativa, a la disponibilidad de recursos o a otras circunstancias que incidan en su ejecución.

2. La Dirección General de Seguridad se reserva la facultad de suspender o aplazar el desarrollo de alguna acción formativa cuando el número de alumnos solicitantes, convocados o presentes en la sesión inicial no se considere suficiente para la consecución de los objetivos perseguidos, de acuerdo con criterios de eficiencia en la actividad formativa.