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Exposicion �nico motivos Ayudas a la promoción de polígonos de actividades económicas de ámbito local

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

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Desde la promulgación por el Parlamento de Navarra de la Norma sobre Medidas Coyunturales de Política Industrial y de Fomento de la Inversión y el Empleo en junio de 1982, la Comunidad Foral de Navarra viene desarrollando un considerable esfuerzo en la promoción de suelo industrial en diversas zonas de Navarra, incluyendo también el apoyo a los Ayuntamientos y Concejos para la promoción de suelo industrial municipal, mediante la concesión de anticipos sin interés.

La creación de polígonos industriales, directamente promovidos por el Gobierno de Navarra y con un carácter comarcal, se complementó con la promoción de polígonos de carácter municipal, que fue apoyada a través de ayudas dirigidas a estimular las iniciativas de los Ayuntamientos y Concejos, establecidas inicialmente en el artículo 14 de la citada Norma, las cuales fueron sucesivamente modificadas en sus cuantías a través de la Ley Foral de Presupuestos Generales de Navarra.

Finalmente, ante una demanda creciente, imposible de atender por la cantidad de recursos públicos que ello hubiera exigido, y ante el hecho de que en muchos casos la viabilidad económica de los proyectos no quedaba garantizada, se estableció, a través de la Ley Foral 9/1993, de 30 de junio, de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio de 1993, en su artículo 35.5, que no podrían asumirse nuevos compromisos de gasto con cargo a las partidas del Proyecto "Promoción de Suelo Industrial" relativas al "Plan de Ayudas para la promoción de suelo industrial municipal" (establecidas y reguladas por el artículo 14 de la Norma sobre Medidas Coyunturales de Política Industrial y de Fomento de la Inversión y el Empleo), ordenándose la celebración de una convocatoria a fin de que las entidades locales interesadas pudieran presentar las correspondientes solicitudes a un nuevo "Plan de Actuaciones en materia de promoción de suelo industrial de iniciativa municipal", a la vista de las cuales, el Gobierno de Navarra debía elaborar y presentar al Parlamento un Plan plurianual de actuaciones.

Llevada a cabo la convocatoria mediante Acuerdo de fecha 26 de julio de 1993, el resultado de la misma aconseja el establecimiento de una nueva normativa que regule las posibles ayudas públicas a las entidades locales para la promoción de suelo industrial, adecuándola a las circunstancias y necesidades actuales.

Esta revisión que ahora se aprueba plantea, en primer lugar, una definición más amplia y precisa de las actuaciones municipales susceptibles de ser apoyadas, tipificando lo que debe entenderse por "polígonos destinados a la implantación de actividades económicas de ámbito local", trascendiendo, en definitiva, el criterio restrictivo que hasta ahora venía utilizándose en el sentido de destinarlos a usos estrictamente industriales, de tal forma que estos polígonos cumplan la función de satisfacer las necesidades de descongestión urbana, acogiendo traslados de actividades existentes que se encuentren inadecuadamente ubicadas o que precisen ampliar sus instalaciones, así como prever la posibilidad de acoger pequeños proyectos cuya actividad esté estrechamente vinculada a la vida y necesidades locales (talleres, almacenes, pequeñas industrias, servicios, etc.).

Se entiende como requisito inicial ineludible que los terrenos sobre los que se proyecta la actuación deben tener, u obtener previamente, la calificación de suelo urbanizable para usos industriales o de servicios, y que se garantice que los mismos sean de propiedad municipal, estableciendo para ello, si fuere preciso, como sistema de actuación el de expropiación.

Por otra parte, se exige que los proyectos reúnan unos requisitos y características mínimas que garanticen su viabilidad técnica y económica, estableciéndose a estos efectos unas demandas mínimas garantizadas de las parcelas resultantes de la actuación superiores al 30 por 100 del total, adecuando en todo caso los proyectos propuestos a las demandas reales, e involucrando en el proceso, a través de las aportaciones económicas precisas, a las empresas demandantes y a los ayuntamientos promotores, de tal forma que se garantice, junto con las ayudas aportadas por el Gobierno de Navarra, la viabilidad financiera del proyecto.

Las ayudas previstas, y que se consideran más adecuadas, consisten principalmente en subvenciones equivalentes a los intereses de créditos o préstamos concertables, limitándose el principal del mismo al 50 por 100 del coste total de las obras, o del 60 por 100 cuando el polígono se desarrolle por etapas, de tal forma que el resto de la financiación sea aportada entre las empresas demandantes y el Ayuntamiento promotor del proyecto.

Asimismo, la decisión inicial de inclusión en el régimen de ayudas establecidas en esta Ley Foral abarca la globalidad del proyecto de promoción (proyectos técnicos y obras de urbanización e infraestructuras), dejándose para un momento posterior, una vez conocidos los costos reales, la determinación concreta de los beneficios.