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Exposicion �nico motivos Panteón de Galegas e Galegos Ilustres

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

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Todos los pueblos conservan su identidad y hacen visible su continuidad histórica a través de símbolos. Entre ellos, los panteones, como depositarios y custodios de la memoria colectiva. Junto con esta función primordial, los panteones cumplen otras dos misiones de gran importancia: por un lado, son un instrumento de reconocimiento y gratitud colectiva hacia las personas que en ellos son honradas por haber destacado por sus méritos; y, por otro, la memoria de sus obras y hechos sirve de estímulo a las generaciones presentes para que traten de emular y superar los logros de sus más destacados predecesores.

En Galicia, estas ideas dieron lugar, a finales del siglo XIX, con importante apoyo institucional y un gran eco popular, a la creación del Panteón de Gallegos Ilustres. En el año 1891, por iniciativa de la Sociedad Económica de Amigos del País de Santiago, el Ayuntamiento de Santiago de Compostela, la Asociación Regionalista Gallega y un grupo de estudiantes de la Facultad de Derecho de la Universidad, se tomó el acuerdo, con el consentimiento de Manuel Murguía y de la familia de Rosalía de Castro, de trasladar los restos mortales de la ilustre escritora desde el cementerio de Adina, en Iria Flavia, hasta la iglesia conventual de San Domingos de Bonaval, en Santiago de Compostela. Así, el 25 de mayo de 1891, con este traslado, y con el apoyo entusiasta de las colectividades gallegas en América, comenzó su andadura histórica el lugar simbólico que, por influencia de la prensa gallega de la época, fue denominado Panteón de Gallegos Ilustres.

Posteriormente, con el ánimo de consolidar el proyecto, en el año 1906 fue enterrado en la misma iglesia el líder regionalista Alfredo Brañas, fallecido en 1900. En 1932, por iniciativa de un «feixe de galeguistas de Sant-Yago», comenzó a celebrarse el día 24 de julio «unha misa pol-as almas de Rosalía e de Brañas, na Eirexa onde as súas cinzas agardan a resurrección final», concebida como un acto de «xuntanza da relixiosidade e do patriotismo gallego», según la crónica del acto publicada en el número 104 de la revista Nós. El golpe de Estado de 1936 y la Guerra Civil interrumpieron la celebración de esta misa, hasta que el Patronato de la Fundación Rosalía de Castro, fundado en 1947, y que tenía entre sus fines estatutarios el de «cuidar del mausoleo de Rosalía en la iglesia de San Domingos de Compostela», asumió en 1949 la organización de una misa «votiva» cada 25 de julio, en un acto al que después siguió una ofrenda floral ante el monumento dedicado a la poeta en la Alameda compostelana o en el propio Panteón. Y es preciso destacar que dicha celebración no se correspondía ni con la fecha del nacimiento ni con la de su muerte, sino con la que las Irmandades da Fala habían fijado como Día Nacional de Galicia, el 25 de julio.

Quedó así patente que, además de su dimensión religiosa, este acto tenía un indudable carácter de reivindicación de la identidad gallega, vinculada a la figura de Rosalía de Castro. De este modo, San Domingos de Bonaval se convirtió en un punto de encuentro en el que muchas personas se juntaban para dar, dentro de una celebración religiosa, testimonio de galleguismo, en una práctica que tenía mucho de resistencia y de lucha por mantener la antorcha de la identidad gallega durante la Dictadura.

Los sucesivos enterramientos consolidaron San Domingos de Bonaval como un verdadero Panteón de Gallegos Ilustres: el escultor Francisco Asorei, fallecido en 1961 y enterrado ese mismo año; el poeta Ramón Cabanillas, fallecido en 1959 y enterrado en 1967; y el cartógrafo y matemático Domingo Fontán, fallecido en 1866 y enterrado en 1968. Una consolidación como símbolo de la identidad gallega que fue posible gracias a los esfuerzos conjuntos y a la generosidad de varias instituciones, tanto públicas como privadas, que cuidaron el recinto y los sepulcros de las personas allí honradas: la Iglesia y el Ayuntamiento de Santiago, la Fundación Rosalía de Castro, el Museo do Pobo Galego, la Fundación Alfredo Brañas y la Fundación Castelao.

A pesar de que el primer presidente de la Xunta elegido democráticamente, el presidente Fernández Albor, tomó posesión en este simbólico lugar, el Panteón no se desarrolló en estas décadas de autogobierno, ni recibió el reconocimiento del que, por justicia, era merecedor. Desde 1968 tan sólo ha sido enterrado en el Panteón de Gallegos Ilustres uno de los más preeminentes hijos de Galicia, Alfonso Rodríguez Castelao, fallecido en Buenos Aires en 1950 y trasladado desde el cementerio de la Chacarita al Panteón en 1984, por acuerdo del Parlamento de Galicia.

Ante esta situación, y con el objetivo de reconocer el Panteón como un símbolo de la identidad de Galicia y un lugar de referencia en el devenir de la conciencia de las nuevas generaciones, el Consello da Cultura Galega, de acuerdo con los patronatos de las fundaciones que honran la memoria de las ilustres personas enterradas en San Domingos de Bonaval, elaboró e hizo llegar al Parlamento, brotando del tallo del centenario del traslado de los restos mortales de Rosalía, una propuesta para la regulación del Panteón. Desde entonces, se ha avanzado para conseguir un amplio acuerdo social y político dirigido a institucionalizar el Panteón de Gallegos Ilustres, un acuerdo que abarcase tanto a las fuerzas políticas con representación parlamentaria como a los propietarios de los espacios donde se asienta el Panteón, esto es, la Iglesia y el Ayuntamiento; las instituciones públicas y privadas que promueven la cultura de Galicia (Consello da Cultura, Real Academia Galega o Museo do Pobo Galego, entre otras); y los patronatos de las mencionadas fundaciones. Se trata de un acuerdo que tiene como objetivo que el Panteón desempeñe un papel vivo y activo como lugar de encuentro, aprendizaje y aliento del sentir de la comunidad de los gallegos y gallegas de dentro y de fuera del país.

Por estos motivos, el Parlamento de Galicia reconoce a través de esta ley el Panteón de Galegas e Galegos Ilustres como un elemento singular de nuestra identidad, y procede a sentar los principios que regularán su gestión, su uso y su conservación.

La configuración del Panteón de Galegas e Galegos Ilustres como un símbolo de la identidad de Galicia (artículo 1), encargado de honrar a personas y hechos que representan la continuidad de nuestra singular personalidad como pueblo (artículo 2), hace necesaria la participación de las instituciones, tanto públicas como privadas, más representativas del conjunto del país y de su cultura. La forma elegida para institucionalizar el Panteón es la de fundación pública autonómica, porque es la más idónea para facilitar la cooperación entre todas las instituciones públicas y privadas llamadas a cumplir con los objetivos perseguidos; al tiempo que garantiza, por su carácter público y la vinculación al Parlamento, su continuidad en el tiempo, su sostenibilidad económica y su carácter de símbolo compartido, al margen de ninguna otra condición que la común pertenencia al pueblo gallego (artículo 3).

Para preservar el carácter institucional del Panteón, la ley predetermina en su artículo 4 la composición del Patronato de la Fundación, compuesta por ocho miembros que representan a los poderes legislativo y ejecutivo de la Comunidad Autónoma y a los titulares demaniales y patrimoniales de los espacios que conformarán el Panteón de Galegas e Galegos Ilustres, todos ellos presididos por la persona titular de la Presidencia del Parlamento de Galicia, institución representativa del conjunto del pueblo gallego.

Para garantizar que se mantengan en el tiempo los consensos que inspiran y llevan a la aprobación de esta ley, en su artículo 6 se establecen mayorías cualificadas en el Patronato para la aprobación de las normas esenciales de funcionamiento en relación con los usos del Panteón de Galegas e Galegos Ilustres, que en todo caso deberán ser respetuosos con la naturaleza y el significado del lugar, y en relación con las honras, protocolos y ceremoniales que se realicen en el futuro.

Para facilitar la participación en la Fundación y en sus actividades de cuantas instituciones y personas que, por su vinculación histórica o presente o por su capacidad de asesoramiento, puedan contribuir a dar cumplimiento a los objetivos y fines del Panteón, el artículo 7 crea una amplia comisión asesora, abierta a nuevas incorporaciones temporales o definitivas.

En definitiva, con esta ley se reconoce el Panteón de Galegas e Galegos Ilustres como un elemento singular de la identidad de Galicia, de manera que, tal y como había evocado Alfonso Castelao en su Alba de Groria, pronunciada en Buenos Aires el 25 de julio de 1948, el Panteón, honrando «as nobles dinidades e os fortes caraiteres que deu Galiza no decorrer da súa Hestoria», sirva para que «co seu simbolismo nos deixe ver o pasado para proveito do futuro».

Por todo lo expuesto, el Parlamento de Galicia aprobó y yo, de conformidad con el artículo 13.2 del Estatuto de autonomía de Galicia y con el artículo 24 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, promulgo en nombre del rey la Ley del Panteón de Galegas e Galegos Ilustres.