Exposicion �nico motivos Presupuestos 2017 C. León
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
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Los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2017 se elaboran en el marco de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León, con respeto al principio de estabilidad presupuestaria recogido en el artículo 135 de la Constitución y desarrollado en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, donde se establece que la elaboración, aprobación y ejecución de los presupuestos y demás actuaciones que afecten a los gastos o ingresos de los distintos sujetos comprendidos en el ámbito de aplicación de esta ley entre los que se encuentran las Comunidades Autónomas se realizarán en un marco de estabilidad presupuestaria.
Ello significa que en la elaboración de estos presupuestos se ha tenido en cuenta que el déficit en que pueden incurrir no excede del 0,6 por ciento del Producto Interior Bruto regional, que el volumen de deuda pública de la Comunidad, definida de acuerdo con el protocolo sobre Procedimiento de déficit excesivo coherente con la normativa europea; no excede del 19,8 por ciento del Producto Interior Bruto regional y que la variación del volumen de gasto no excede la tasa de referencia de crecimiento del Producto Interior Bruto a medio plazo de la economía española.
El hecho de que el Estado no presentara ni tramitara el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2017 en la fecha habitual introdujo un importante factor de incertidumbre sobre el montante de los recursos que, procedentes del Estado, financian el Presupuesto de la Comunidad. Por ello, en un ejercicio de prudencia, el Gobierno Regional tomó la decisión de posponer la elaboración de sus propios Presupuestos Generales, y en aplicación del artículo 89 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, que en su punto 2 establece que Corresponderá a la Junta de Castilla y León la elaboración de los Presupuestos de Castilla y León y a las Cortes de Castilla y León su examen, enmienda, aprobación y control. La Junta presentará el proyecto de Presupuestos a las Cortes de Castilla y León antes del 15 de octubre de cada año. Si no fuera aprobado antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, quedarán automáticamente prorrogados los del año anterior hasta la aprobación del nuevo , se prorrogaron los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2016 mediante el Decreto 46/2016, de 29 de diciembre (B.O.C. y L. de 30 de diciembre). En términos similares se expresan también el artículo 21.2 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas y el artículo 107 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León.
Una vez presentado en el Congreso de los Diputados el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2017, y conocidos por lo tanto los recursos con los que la Junta de Castilla y León contará para este ejercicio procedentes del Estado, así como otros datos de fundamental importancia como los referidos a las retribuciones del personal al servicio del sector público, que constituye normativa básica, la Junta de Castilla y León ha elaborado su Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad para 2017.
Los Presupuestos Generales de la Comunidad para 2017 se orientan a garantizar los grandes servicios públicos y a consolidar la recuperación económica que permita generar un empleo de calidad, como clave de la cohesión social, así como a fortalecer su cohesión territorial.
En la presente ley se recogen los estados de ingresos y de gastos que financiarán las diferentes políticas que ejecutará el Gobierno de la Comunidad, a la vez que se incorporan normas de gestión financiera y presupuestaria imprescindibles para la correcta ejecución del mismo.
La ley consta de treinta y seis artículos agrupados por materias en nueve títulos:
El título I se dedica a los créditos iniciales y su financiación.
El título II al régimen general de los créditos, en el que se regulan tanto el destino de los créditos como la gestión de los gastos.
El título III está destinado a reglamentar determinadas modificaciones de créditos.
El título IV, a los gastos en materia de personal del sector público autonómico y en él se normalizan los regímenes retributivos de los diferentes tipos de personal, además de otras cuestiones en materia de régimen de personal.
El título V, por su parte, se ocupa de la regulación de la cooperación con las entidades locales.
El título VI, dividido en dos capítulos, regula las operaciones financieras, tanto las garantías como el endeudamiento.
El título VII está destinado a las empresas públicas, las fundaciones públicas y otras entidades.
El título VIII reglamenta determinadas cuestiones que afectan a los tributos y otros ingresos.
El título IX se ocupa de las Cortes de Castilla y León.
A todo ello hay que añadir trece disposiciones adicionales, seis disposiciones transitorias y tres disposiciones finales.
