Ley 2/2021, de 29 de diciembre, Cataluña, Medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público
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El presidente de la Generalidad de Cataluña
Los artículos 65 y 67 del Estatuto prevén que las leyes de Cataluña son promulgadas, en nombre del rey, por el presidente o presidenta de la Generalidad. De acuerdo con lo anterior promulgo la siguiente
LEY

