Exposicion �nico motivos Presupuestos 2010 Rioja
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
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Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para 2010 recogen la previsión de ingresos así como la autorización de gastos que podrá realizar durante el próximo ejercicio el sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, de conformidad con lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Española y el artículo 56 de la Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, de Estatuto de Autonomía de La Rioja.
En el marco de la crisis general, los presupuestos regionales para el año 2010 asumen el reto, por una parte, del mantenimiento de la política social del Gobierno de La Rioja, y, por otra, de estimular de la forma más eficaz el crecimiento económico.
En el destino de los créditos, el contexto económico actual exige conjugar políticas de austeridad en el funcionamiento de la Administración, conteniendo los gastos corrientes, con el mantenimiento de la actividad económica y de los nuevos servicios públicos puestos en marcha, dirigiendo el esfuerzo inversor hacia actuaciones de mayor impacto económico o social.
La presente ley mantiene entre sus prioridades las políticas sociales, en una apuesta por consolidar y fortalecer las tres áreas del bienestar competencia de la Administración regional: sanidad, educación y servicios sociales. Para ello, se han asignado recursos que garanticen la prestación eficiente de los servicios. Además, con la aplicación por tercer año consecutivo de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y de Atención a las personas en situación de dependencia, se profundiza en la promoción de la autonomía personal y se perseguirá garantizar la atención y protección a las personas en situación de dependencia de La Rioja.
En materia económica, se sigue trabajando por el cambio del patrón de crecimiento apostando por las inversiones productivas, principalmente en investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), cumpliendo la Ley 3/2009, de 23 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, que aprueba el III Plan Riojano de I+D+i 2008-2010.
El sistema de financiación de las comunidades autónomas, recientemente aprobado, aporta una mayor autonomía financiera haciéndolas más responsables con los ingresos fiscales. Esta mayor vinculación con los tributos conlleva que en momentos de crisis se acuse una incidencia negativa en la recaudación. Los escasos recursos adicionales que se incorporan al sistema no llegan a compensar la caída que están experimentando los tributos cedidos.
Por otra parte, en lo referente a los ingresos, se mantendrán los beneficios fiscales de ejercicios anteriores con el objetivo de dinamizar la economía riojana, aumentando la renta disponible de las familias o buscando una mayor justicia social en algunos hechos imponibles, incluyendo aquellas novedades comprometidas por el presidente del Gobierno de La Rioja en el debate del estado de la región.
No obstante, en este contexto de desaceleración resulta imposible equilibrar las cuentas en el ejercicio, por lo que es preciso aprovechar el marco del déficit del 2,5% del PIB regional para el año 2010 aprobado en el Consejo de Política Fiscal y Financiera, al margen de la financiación del Programa de Inversión Productiva. Con ello, se busca el equilibrio en el medio plazo de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2007, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria.
Por tanto, y con el margen de déficit autorizado por el Consejo de Política Fiscal y Financiera, la Comunidad Autónoma de La Rioja ha incurrido en un déficit del 1,96% del PIB regional.
En definitiva, las prioridades de las nuevas cuentas regionales se encuadran dentro de dos líneasbásicasde actuación, como son el fortalecimiento de los servicios públicos de calidad y la reactivación del crecimiento económico basado en la productividad y la competitividad a través de nuevas infraestructuras y del capital humano y tecnológico.
Por último, de conformidad con el Acuerdo del Parlamento de La Rioja de 11 de marzo de 2005, la Ley de Presupuestos para 2010 continúa incidiendo en la mejora de la valoración del impacto por razón de género, cumpliendo con el compromiso de asumir de manera integral y progresiva el enfoque de género en toda su acción política, cuya plasmación más directa es la dotación presupuestaria de las políticas públicas.
Con esta finalidad, la Consejería de Hacienda ha procedido, como el año anterior, a integrar en la presente ley un informe con aquellos programas de gasto que tienen incidencia y repercusión directa en el impacto de género, promoviendo una mayor participación de todos los organismos y entidades en la confección del mismo, que den un mayor valor añadido a las repercusiones de las diversas políticas públicas de gasto.
La Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad, siguiendo la sistemática ya empleada en ejercicios anteriores, se articula en los títulos que a continuación se detallan:
El título I, "De los créditos y sus modificaciones", contiene las disposiciones relativas a la aprobación y modificación de los créditos y a las previsiones de ingresos del ejercicio, constituyendo este título el fundamento de la ley, por cuanto dota de eficacia jurídica a la expresión cifrada de los ingresos y de los gastos de la Administración autonómica.
En él se recoge la regulación de los diferentes tipos de modificaciones presupuestarias, tales como transferencias, generaciones -en este caso con referencias específicas a las procedentes del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER)-, créditos ampliables, incorporaciones de crédito y los créditos extraordinarios y suplementos de crédito.
Asimismo, se mantienen determinadas disposiciones que regulan el nivel de especificaciones de los presupuestos, las disponibilidades líquidas de otros organismos financiados por la Administración General y la aplicación al presupuesto de obligaciones generadas en ejercicios anteriores para su aplicación al corriente.
En el título II, "Procedimientos de gestión presupuestaria", se establecen los límites cuantitativos de los titulares de las consejerías para la aprobación de gastos.
Además, se mantiene la regulación referente al órgano competente para adquirir el compromiso y reconocimiento de la obligación, según el organismo afectado y las transferencias y subvenciones nominativas.
Se sigue regulando de forma expresa la gestión presupuestaria de los planes de obra, el régimen económicofinancierode la Universidad de La Rioja, la Agencia de Desarrollo Económico, la Agencia del Conocimiento y la Tecnología y la gestión de los presupuestos docentes.
El título III, "De los créditos de personal", recoge todas las disposiciones relativas al personal al servicio de la Comunidad Autónoma de La Rioja. La actualización salarial para el ejercicio del año 2010 está cifrada en un 0,3%, procediendo a actualizar las referencias a determinadas disposiciones recogidas en los Presupuestos Generales del Estado con carácter básico, con las especialidades derivadas de las negociaciones que esta Administración mantiene con el resto de entes de la comunidad autónoma.
El título IV, "De las operaciones financieras", establece, al igual que en ejercicios anteriores, los límites para la concertación de operaciones de crédito a corto y a largo plazo y la asunción de riesgos en avales, así como la competencia para su ejecución.
El título V, "Normas tributarias", contiene como novedad más reseñable la congelación de las tasas para el año 2010.
El título VI, "De la información al Parlamento", establece, regula y sistematiza la información que regularmente se ha de facilitar al Parlamento regional.
Finaliza el contenido del texto articulado con doce disposiciones adicionales, dos transitorias y dos finales.
