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Exposicion �nico motivos Presupuestos 2013 Extremadura

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

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I

A través de la presente ley se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2013, los más difíciles de afrontar en toda la historia de nuestra Comunidad Autónoma, y que necesitarán el esfuerzo y consenso de todos.

El panorama económico nacional en el que nos encontramos viene marcado por la incertidumbre sobre cuándo comenzará la recuperación de la economía española. Las escasas reformas adoptadas hasta el año 2012, han provocado una pérdida continuada de productividad y competitividad de la economía nacional, hecho que se ha traducido en un retroceso de la actividad económica, en unos valores superiores a los de nuestros socios de la Unión Europea, provocando además una destrucción de empleo mucho mayor en nuestro caso.

En el ámbito de sus competencias, la Comunidad Autónoma de Extremadura, pretende seguir aplicando políticas que permitirán aliviar la situación por la que estamos atravesando, políticas basadas en la austeridad, en el compromiso con la estabilidad presupuestaria y la reducción del déficit, y en una mayor libertad económica, que dote a la economía extremeña de un entorno de confianza para empresas, profesionales, inversores y ciudadanos. Esta tarea de racionalización continuará en el ejercicio 2013 extendiéndose a otros organismos y entes públicos.

La Comunidad Autónoma ha elaborado sus cuentas conforme al principio de estabilidad presupuestaria, estableciendo unos gastos sobre los ingresos en la cuantía equivalente al 0,7 % del Producto Interior Bruto, más los correspondientes a las liquidaciones negativas, dentro del objetivo marcado en el Consejo de Política Fiscal y Financiera para el conjunto de Comunidades Autónomas, en un ejercicio que refuerza el compromiso con la austeridad y la estabilidad y que lo conjuga con la atención especial a pymes y autónomos como motor del crecimiento económico y la generación de empleo.

Las empresas y familias extremeñas pueden tener la certeza de que la Comunidad Autónoma de Extremadura llevará a cabo una bajada ordenada y selectiva de impuestos siempre que la coyuntura económica lo permita, que cumplirá con la normativa de estabilidad presupuestaria, que profundizará en la austeridad en el gasto público y que garantizará la prestación de los servicios públicos esenciales, con la misma calidad con la que los viene prestando.

Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2013, reflejarán claramente la incidencia que la actual situación económica y el proceso de consolidación fiscal tienen en la Administración Regional.

El estado de ingresos, cuya cuantía se fija en base a los principios presupuestarios clásicos de Exactitud, Equilibrio, de Presupuesto Bruto, de Especificación, y de Ejercicios Cerrados, recoge las previsiones que, como máximo se prevén liquidar durante el ejercicio.

En cuanto a los gastos, se ha tomado en consideración la reforma del artículo 135 de la Constitución Española, que establece un techo de gasto, que toma como referencia el límite máximo de déficit estructural, en relación con el Producto Interior Bruto Regional, y el límite máximo de endeudamiento.

En el contexto de crisis económica y financiera global, los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2013 se basan en criterios de austeridad y contención del gasto y persiguen un cuádrupleobjetivo:

1. Respetar la limitación en el endeudamiento que sea necesaria para el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria.

2. Priorizar los objetivos de política de apoyo a los sectores económicos.

3. Mantener políticas sociales que se han desarrollado en Extremadura, particularmente en los ámbitos sanitario, educativo y de servicios sociales, con la máxima cohesión social y territorial posible.

4. Aplicar mejoras en la gestión presupuestaria encaminadas a conseguir una mayor eficacia y eficiencia en la prestación de los servicios públicos.

Todos estos objetivos permitirán mantener el equilibrio presupuestario y atender los derechos básicos fundamentales, a la vez que facilitarán la progresiva reactivación de la economía.

Conseguir una adecuada reactivación económica, conlleva necesariamente el ser conscientes del nuevo entorno en el que nos movemos, y que en nada se parece al que veníamos considerando como normal. El constante diálogo social debe ser la base del compromiso conjunto que nos lleve hacia el crecimiento económico, ya que en un contexto como el actual la priorización a la hora de emplear los recursos disponibles debe partir del consenso.

Estos presupuestos apuestan por la cultura del esfuerzo, por el compromiso, la solidez y la seguridad, que deben sustentar un crecimiento firme y riguroso para mantener los pilares básicos de los que nos hemos dotado como sociedad. En definitiva, creemos que son los mejores presupuestos para hacer frente a la situación actual, son austeros, pero comprometidos con la creación de empleo y el crecimiento de la economía extremeña.

Como novedad en esta ley, y en aplicación de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, se ha dotado con 9.114.267 euros un Fondo de contingencia para atender necesidades inaplazables de carácter no discrecional e imprevistas.

En materia de personal, acorde con lo dispuesto por el Estado en su Ley de Presupuestos Generales para 2012, se mantienen las retribuciones del personal y cargos públicos. Con relación a los miembros del Consejo de Gobierno, altos cargos y asimilados las cuantías previstas en esta ley llevan incorporada la bajada del 5 % experimentada a través del Decretoley 1/2012, de 25 de junio, de medidas urgentes para la contención del gasto público y la adaptación del funcionamiento de los servicios públicos a la realidad económica y social en Extremadura. Asimismo, se ha eliminado lo relativo a las mejoras voluntarias del sistema de prestaciones de la Seguridad Social pues ha sido objeto de regulación por el Estado.

Además, como en años anteriores, y ante las peculiaridades de su régimen estatutario, se contempla de forma particularizada y con remisión a su regulación, las retribuciones del personal docente no universitario y del personal estatutario del Servicio Extremeño de Salud, que experimentarán, en todo caso, la misma variación prevista en el artículo 6 de esta ley.

II Por lo que respecta a la estructura de la ley, la misma consta de cinco títulos, con cuarenta y tres artículos, ocho disposiciones adicionales, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales.

El Título I, denominado De la aprobación de los presupuestos y la gestión presupuestaria consta de tres capítulos. El Capítulo I, Créditos iniciales y financiación de los mismos, establece el ámbito de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma, en el que se incluyen la Administración General, sus Organismos Autónomos, las entidades del sector público autonómico con presupuesto limitativo, las entidades del sector público autonómico empresarial y del sector público autonómico fundacional, así como los órganos con dotación diferenciada a que se refiere el apartado 2 del artículo 2 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura. También se establecen los presupuestos de la Asamblea de Extremadura y el Consejo Consultivo de Extremadura.

Asimismo contiene la aprobación de los estados de ingresos y gastos, la distribución funcional del gasto, la financiación de los créditos así como los beneficios fiscales que afectan a los tributos a recaudar por la Junta de Extremadura. El Capítulo II se denomina De las modificaciones presupuestarias.Y el Capítulo III se refiere a las Normas especiales de gestión presupuestaria.

Dentro del Título II, De los gastos de personal y otros costes ,en su Capítulo I, De los regímenes retributivos, se regulan la variación general de las retribuciones del personal de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y las retribuciones de los Altos Cargos, del personal funcionario, estatutario, interino, eventual y laboral, recogiéndose las variaciones establecidas por la normativa básica de Función Pública. En el Capítulo II, Disposiciones en materia de gestión del sistema retributivo, se establecen normas comunes en materia retributiva. En el Capítulo III se establecen normas específicas para la Contratación del personal laboral con cargo a los créditos de inversiones,y en el Capítulo IV se introducen Otras disposiciones en materia de personal. El Capítulo V, finalmente, cierra el Título II regulando la autorización de los Costes de personal de la Universidad de Extremadura.

El Título III, denominado De las operaciones financieras, consta de dos capítulos. El primero, Operaciones de endeudamiento .En el Capítulo II, De los avales,se fija el límite de los avales que se pueden conceder a lo largo del ejercicio.

Dentro del Título IV, Otras normas de ejecución del gasto ,el Capítulo I, denominado Normas en materia de contratación, convenios de colaboración, encargos de gestión y transferencias, regula las competencias de los órganos de contratación, la necesidad de autorización del Consejo de Gobierno para determinados tipos de contratos y otros aspectos de la contratación administrativa. Por su parte, en el Capítulo II se incluyen diversas medidas de transparencia en la ejecución del Presupuesto.

El Título V establece una serie de normas relativas a las Relaciones económicopresupuestariascon las Corporaciones Locales.

Por último, se añaden además al texto un conjunto de disposiciones adicionales que, junto a la relativa a la ya tradicional actualización de las tasas y precios públicos, definen los sectores de interés para la Comunidad Autónoma de Extremadura a los efectos de las inversiones deducibles del Impuesto sobre los Depósitos de las Entidades de Crédito, y establecen un tipo de gravamen reducido del 0,1 por 100 en la modalidad de Actos Jurídicos Documentados para la adquisición y financiación de viviendas medias.