Exposicion �nico motivos Presupuestos 2017 Extremadura
- Quedan derogados los aspectos sustantivos de esta Ley en todo aquello que se oponga o resulte incompatible con la Ley 1/2018, de 23 de enero. - Ley 1/2018, de 23 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autonoma de Extremadura para 2018.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
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I
En nuestro ordenamiento, y así lo exige de forma expresa la propia Constitución y el Estatuto de Autonomía en el apartado 1 del artículo 78, todos los ingresos y gastos de la Comunidad Autónoma de Extremadura deben estar previstos en un presupuesto anual y único, en el que se consignará el importe de los beneficios fiscales establecidos por las leyes autonómicas. La aprobación de esta ley pretende, precisamente, hacer efectivos ambos principios de unidad y anualidad, teniendo en cuenta que el apartado 3 de ese mismo precepto exige que el Presupuesto se presente equilibrado, orientado al cumplimiento de los objetivos de política económica y sometido al principio de estabilidad presupuestaria.
En cuanto a los ingresos, el Estatuto de Autonomía dispone en el apartado 1 del artículo 80 que la Comunidad Autónoma de Extremadura dispondrá de recursos suficientes para atender las necesidades de gasto derivadas de la ejecución de sus competencias.
Por su parte, el artículo 79 del Estatuto de Autonomía otorga a la Comunidad Autónoma de Extremadura plena autonomía de gasto y, en el marco de sus competencias, determina libremente el destino de sus recursos económicos y financieros. No obstante, exige el mismo precepto, el gasto público de la Comunidad Autónoma de Extremadura realizará una asignación equitativa de los recursos públicos, y su programación y ejecución responderán a los criterios de transparencia, eficiencia y economía. Se adoptarán medidas para un adecuado control económico-financiero. En todo caso, el gasto público territorializado deberá contribuir a la cohesión socioeconómica de la región, mediante la sustancial equiparación de los servicios públicos y de las inversiones regionales en sus diferentes zonas, procurando su homogeneidad en los municipios de similar población y necesidades equivalentes.
Partiendo de estos principios consagrados estatutariamente, el Presupuesto anual se erige como el principal instrumento del que dispone la Junta de Extremadura para llevar a cabo su acción de gobierno, con el necesario respaldo de la Asamblea de Extremadura, a través de la aprobación de la presente Ley.
En un contexto de moderado crecimiento de la economía de Extremadura, no exento de incertidumbres derivadas del contexto internacional, todo el esfuerzo de las cuentas públicas extremeñas debe seguir orientándose a reforzar la cohesión social y a consolidar el tejido productivo. El Presupuesto de Extremadura para 2017 incrementa la inversión en políticas sociales y económicas respecto del ejercicio anterior, sin menoscabar el compromiso del cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria en un escenario plurianual.
Aumentar la cohesión social, mejorar la productividad, promover la igualdad entre mujeres y hombres, sostener el medio ambiente, y la colaboración con las Corporaciones Locales son los ejes y objetivos transversales a que obedecen el conjunto de actuaciones previstas en el Presupuesto.
Las partidas dirigidas a las políticas sociales y económicas representan más de 90 por ciento del presupuesto. En la Comunidad Autónoma de Extremadura, el Presupuesto de 2017 se destina a garantizar el mantenimiento de la calidad de los derechos de las personas, los servicios públicos y el desarrollo económico y social sostenible, contribuyendo a la senda del crecimiento.
Como en el ejercicio anterior, en 2017 las políticas sociales de nuevo son las partidas con mayor relevancia. Los servicios públicos en los que se basa el Estado del Bienestar son también la médula de las competencias asignadas a la Comunidad Autónoma. Por ello, la política económica debe orientarse a recuperar la cohesión social. Educación, Sanidad y Servicios Sociales son el eje del Presupuesto, porque son imprescindibles para avanzar en la igualdad de oportunidades, y porque también son factores eficaces para promover el crecimiento económico. El esfuerzo en políticas sociales se centra en Sanidad, en Educación, en Dependencia y en Empleo. El Presupuesto, de este modo, avanza en la auténtica garantía de los servicios públicos fundamentales que defiende la Junta de Extremadura. La financiación que la Junta aporta a la atención a las personas dependientes en 2017 se incrementa y, una vez más, es el principal recurso para el sustento del sistema, a pesar de que la ley prevé una contribución equitativa de la Administración Central.
En 2017, el fomento del empleo continúa siendo objetivo prioritario del Presupuesto de Extremadura, con programas específicos dirigidos a las personas más vulnerables, como el Plan de Empleo Social y programas y actuaciones dirigidas a la mejora de la empleabilidad de las personas, teniendo en cuenta las desigualdades acentuadas por la crisis económica. Se trata de acciones dirigidas a colectivos con necesidades específicas, que permitirán favorecer el diagnóstico, la orientación de las actuaciones a desarrollar y la valoración de su eficacia. Destacan en este sentido el Programa Empleo Joven, el Plan de actuación dirigido a parados de larga duración, las ayudas para el fomento del autoempleo y los planes para el impulso de las Escuelas Profesionales.
El incremento de fondos para las políticas económicas en 2017 se distribuye, fundamentalmente, en Agricultura, Empresa e Infraestructuras. Se trata de mantener y modernizar los sectores tradicionales y promover la reorientación del tejido productivo. A ello se destinan las medidas que acompañarán a los nuevos sectores económicos, con elevadas expectativas de crecimiento y creación de empleo. El Presupuesto procura fortalecer el tejido empresarial de Extremadura promoviendo la internacionalización, el emprendimiento y el apoyo al trabajo autónomo. El Presupuesto de Extremadura para 2017 responde a la necesidad de continuar y rediseñar las políticas económicas que contribuyan a una transformación del modelo productivo y que propicien un crecimiento integrador, sostenible y generador de empleo, así como la recuperación de la cohesión social.
La ordenación de los ingresos y gastos contenida en la presente ley supone un ejercicio de gestión pública responsable, en un contexto en el que el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, en el horizonte del año 2018, y la incertidumbre sobre el modelo de financiación autonómica, condicionan nuestra disposición de los recursos. No obstante, el proceso de consolidación fiscal no podrá ir en detrimento de la equidad ni del crecimiento. La necesidad de reducción del déficit debe acompasarse con la necesidad de inversión pública, que es fundamental para estimular la economía y mejorar la productividad. En Extremadura el esfuerzo inversor se ha resentido gravemente con la crisis, por lo que, ante una moderada recuperación económica en las cuentas de 2017 está justificado el esfuerzo inversor, con especial incidencia en la innovación, la investigación, el emprendimiento y la economía social, sin olvidar las inversiones en infraestructuras.
El Presupuesto se ha elaborado con la máxima transparencia por parte del Gobierno de la Junta de Extremadura para con los grupos parlamentarios y los agentes sociales y económicos, contribuyendo así al fortalecimiento de un fructífero diálogo para mejorar la vida de todas y todos los extremeños.
II
Por lo que respecta a la estructura de la ley, la misma consta de cinco Títulos, con cincuenta y siete artículos, catorce disposiciones adicionales, una disposición derogatoria y tres disposiciones finales.
El Título I, denominado «De la aprobación de los presupuestos y la gestión presupuestaria» consta de tres capítulos. El Capítulo I, «Créditos iniciales y financiación de los mismos», establece el ámbito de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma. Asimismo contiene la aprobación de los estados de ingresos y gastos, la distribución funcional del gasto, la financiación de los créditos, así como los beneficios fiscales que afectan a los tributos a recaudar por la Junta de Extremadura. El Capítulo II se denomina «De las modificaciones presupuestarias». Y el Capítulo III se refiere a las «Normas especiales de gestión presupuestaria».
Dentro del Título II, «De los gastos de personal y otros costes», en su Capítulo I, «De los regímenes retributivos», se regulan la variación general de las retribuciones del personal de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y las retribuciones de los cargos públicos; del personal funcionario, estatutario, interino, eventual y laboral, recogiéndose las variaciones establecidas por la normativa básica de Función Pública. En el Capítulo II, «Disposiciones en materia de gestión del sistema retributivo», se establecen normas comunes en materia retributiva, y en el Capítulo III se introducen «Otras disposiciones en materia de personal» relativas a la contención del gasto, oferta de empleo público y carrera profesional, entre otras.
El Título III, denominado «De las operaciones financieras», consta de dos capítulos. El primero, «Operaciones de endeudamiento». En el Capítulo II, «De los avales», se fija el límite de los avales que se pueden conceder a lo largo del ejercicio.
Dentro del Título IV, «Otras normas de ejecución del gasto», se incluyen medidas con vigencia exclusivamente anual, sin perjuicio de su valoración a los efectos de su incorporación a una norma sustantiva, si así resulta aconsejable. Así, el Capítulo I, denominado «Criterios sociales, de igualdad, medioambientales y relativos a otras políticas públicas en la contratación», incluye normas sociales sobre valoraciones de la licitaciones, ejecuciones de contratos y contratos reservados; el Capítulo II «Otras normas en materia de contratación», regula las competencias de los órganos de contratación, la necesidad de autorización del Consejo de Gobierno para determinados tipos de contratos y otros aspectos de la contratación administrativa. En el Capítulo III se incluyen normas en materia de convenios, encargos de gestión y transferencias. Por su parte, en el Capítulo IV se incluyen diversas medidas de transparencia en la ejecución del Presupuesto, con especial mención a las medidas contempladas en el Capítulo I, «Transparencia en la actividad administrativa», del Título I, «Administración abierta», de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
El Título V establece una serie de normas relativas a las «Relaciones económico-presupuestarias con las Corporaciones Locales». Para 2017 destaca la inclusión, dentro del Fondo de Cooperación Municipal, de la sección especial de Capitalidad de Extremadura, que ya se llevó a cabo para 2016.
Se añaden además al texto un conjunto de disposiciones adicionales que, junto al establecimiento de un tipo de gravamen reducido del 0,1 por 100 en la modalidad de Actos Jurídicos Documentados para la adquisición y financiación de viviendas medias, incorporan importantes medidas con vigencia exclusivamente anual, sin perjuicio de su valoración a los efectos de su incorporación a una norma sustantiva, si así resulta aconsejable, como: la ejecución directa de obras, servicios y demás actividades a través de TRAGSA; la gestión de pagos a proveedores; la enseñanza privada concertada; los costes de personal de la Universidad de Extremadura en futuros ejercicios presupuestarios; la suspensión de pactos y acuerdos; las subvenciones a la formalización de pólizas de seguros agrarios combinados durante el año 2017; complemento extraordinario a la cantidad reconocida en concepto de pensión de jubilación e invalidez en su modalidad no contributiva; la adquisición de la condición de personal laboral indefinido no fijo en ejecución de sentencia judicial y la publicidad de los informes de la Comisión Jurídica de Extremadura.
En la disposición adicional décima, como ya se contempló en ejercicios precedentes hasta 2012, se establece el procedimiento normativo para incorporar al Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Extremadura las cantidades derivadas de las asignaciones que puedan preverse en los Presupuestos Generales del Estado, o en su posterior ejecución, relativas a las asignaciones complementarias para hacer frente a las circunstancias socioeconómicas de Extremadura, denominada Deuda Histórica , y a las inversiones complementarias en infraestructuras equivalentes al uno por ciento del producto interior bruto regional, en aplicación de lo regulado en las disposiciones adicional primera y segunda del Estatuto de Autonomía de Extremadura, respectivamente.
En la disposición adicional undécima se prevé la creación de una Comisión de control y seguimiento de la ejecución presupuestaria en la Asamblea de Extremadura, que deberá constituirse en el plazo de un mes desde la entrada en vigor de esta Ley, al objeto de conocer el grado de ejecución de las partidas presupuestarias contenidas en esta Ley, tanto de ingresos como de gastos, así como el estado de ejecución de los planes o programas de empleo y formación para el empleo.
La disposición adicional decimocuarta establece la creación de una Comisión de estudio sobre la objetivación de las transferencias a ayuntamientos, con el objeto de realizar un catálogo de planes y programas de la Junta de Extremadura a los que deberán incorporarse criterios estrictamente objetivos para su aplicación.
En aras a fomentar la equidad social y económica de la región, la Junta de Extremadura elaborará un Acuerdo Estratégico Plurianual en materia de infraestructuras viales e hidráulicas, transportes y agrarias, debiendo remitir cada uno de ellos antes del 15 de mayo de 2017 para su debate y aprobación, por mayoría de 2/3 de la Asamblea de Extremadura.
III
La presente ley se adecua a lo dispuesto en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura, en el que se establece como principio general la integración de la perspectiva de género, en línea con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, que supone la consideración sistemática de las diferentes situaciones, condiciones, aspiraciones y necesidades de mujeres y hombres, incorporando objetivos y actuaciones específicos dirigido a eliminar las desigualdades y promover la igualdad en todas la políticas y acciones, a todos los niveles y en todas su fases de diagnóstico, planificación, ejecución y evaluación. Asimismo, se ha tenido en cuenta, en cuanto impacto de diversidad de género, la Ley 12/2015, de 8 de abril, de igualdad social de lesbianas, gais, bisexuales, transexuales, transgénero e intersexuales y de políticas públicas contra la discriminación por orientación sexual e identidad de género en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
