Legislación

Exposicion publica de la aprobacion provisional de la supresion de la Tasa por prestacion del servicio de extincion de incendios y derogacion de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la misma. - Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta, de 12-03-2010

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Ambito: Ceuta

Órgano emisor: CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

Boletín: Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta Número 4929

F. Publicación: 12/03/2010

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta Número 4929 de 12/03/2010 y no contiene posibles reformas posteriores

Conforme a lo dispuesto en los artículos 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local y 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el Pleno de la Asamblea de la Ciudad, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de febrero de 2010, aprobó provisionalmente:

- La supresión de la "Tasa por prestación del servicio de extinción de incendios" y derogación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la misma.

El expediente con el acuerdo de referencia se halla expuesto al público en el Organismo Autónomo Servicios Tributarios de Ceuta, Negociado de Gestión Tributaria ( Edificio Ceuta Center), a fin de que los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 31 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, con la aclaración de que, si en el plazo previsto no se presenta ninguna de ellas, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo provisional.

- Plazo de exposición al público y de presentación de reclamaciones: 30 días contados a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.

Ceuta, a 2 de marzo de 2010.- V.º B.º EL PRESIDENTE, P. D. F. (Decreto Presidencia 01- 04/2008).- EL CONSEJERO DE HACIENDA.- Fdo.: Francisco Márquez de la Rubia.- LA SECRETARIA GENERAL.- Fdo.: M.ª Dolores Pastilla Gómez.