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Fiestas Locales de la provincia de Toledo para el año 2019., - Boletín Oficial de Toledo, de 02-11-2018

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Ambito: Toledo

Órgano emisor: J.C.C.M. CONSEJERIA DE ECONOMIA, EMPRESAS Y EMPLEO

Boletín: Boletín Oficial de Toledo Número 210

F. Publicación: 02/11/2018

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de Toledo Número 210 de 02/11/2018 y no contiene posibles reformas posteriores

Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE TOLEDO

VISTAS las propuestas formuladas por los distintos Ayuntamientos de la provincia de Toledo, relativas al establecimiento de dos días con carácter de Fiestas Locales que por tradición son propias de cada Municipio, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 46 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio (BOE del 29), sobre regulación de jornada de trabajo, jornadas especiales y descanso, y en el Real Decreto 384/1995, de 10 de marzo, (BOE del 19 de abril) sobre traspaso de funciones y servicios a la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en materia de trabajo (ejecución de la legislación laboral), esta Dirección Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo en Toledo.

Acuerda

Primero. Declarar inhábiles para el trabajo con el carácter de retribuido y no recuperable, los días que a continuación se relacionan, que tendrán la consideración de fiestas locales en los respectivos municipios para el año 2019.

Segundo. Remitir el presente acuerdo y la relación de las distintas fiestas a la Diputación Provincial de Toledo para su publicación en el `Boletín Oficial` de la Provincia de Toledo.

Este documento contiene un PDF, para descargarlo pulse AQUI

Toledo 25 de octubre de 2018.-El Director Provincial, Julián Martín Alcántara.

N.I.-5292