Grupo 819 Tarifas e Instr... en el THB

Grupo 819 Tarifas e Instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas en el THB

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GRUPO 819. OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS.

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Epígrafe 819.1. Instituciones de crédito.

Cuota de: Por cada establecimiento o local donde se efectúen todas o alguna de las operaciones:

- En poblaciones de más de 500.000 habitantes: 1.798,47 euros.

- En poblaciones de más de 100.000 a 500.000 habitantes 1.394,19 euros.

- En poblaciones de más de 40.000 a 100.000 habitantes: 989,26 euros.

- En poblaciones de más de 10.000 a 40.000 habitantes: 384,43 euros.

- En las poblaciones restantes: 269,10 euros.

Nota: Este epígrafe comprende al Instituto de Crédito Oficial y las secciones de crédito de las cooperativas y depósitos agrícolas e industriales.

Epígrafe 819.2. Establecimientos financieros de crédito.

Cuota de: Por cada establecimiento o local donde se efectúen todas o alguna de las operaciones:

- En poblaciones de más de 500.000 habitantes: 1.281,42 euros.

- En poblaciones de más de 100.000 a 500.000 habitantes: 1.003,35 euros.

- En poblaciones de más de 40.000 a 100.000 habitantes: 710,19 euros.

- En poblaciones de más de 10.000 a 40.000 habitantes: 277,90 euros.

- En las poblaciones restantes: 200,71 euros.

Nota: Este epígrafe comprende a aquellas entidades de crédito cuyas actividades consistan en:

- Facilitar préstamos y créditos, incluyendo crédito al consumo, crédito hipotecario y financiación de transacciones comerciales.

- Factoring", con o sin recurso y todas las actividades complementarias de mismo recogidas en el epígrafe 819.4 siguiente.

- Arrendamiento financiero y todas las actividades complementarias del mismo recogidas en el epígrafe 819.5 siguiente.

- Emisión y gestión de tarjetas de crédito.

- Concesión de avales y garantías, y suscripción de compromisos similares.

Epígrafe 819.3. Establecimientos financieros de crédito que realicen la actividad de préstamos y crédito.

Cuota de: Por cada establecimiento o local donde se efectúen todas o alguna de las operaciones:

- En poblaciones de más de 500.000 habitantes: 531,79 euros.

- En poblaciones de más de 100.000 a 500.000 habitantes: 416,47 euros.

- En poblaciones de más de 40.000 a 100.000 habitantes: 294,73 euros.

- En poblaciones de más de 10.000 a 40.000 habitantes: 115,33 euros.

- En las poblaciones restantes: 83,29 euros.

Nota: Este epígrafe comprende a aquellas entidades de crédito cuyas actividades consistan en:

- Facilitar préstamos y créditos, incluyendo crédito al consumo, crédito hipotecario y financiación de transacciones comerciales.

- Emisión y gestión de tarjetas de crédito.

- Concesión de avales y garantías, y suscripción de compromisos similares.

Epígrafe 819.4. Establecimientos financieros de crédito que realicen la actividad de "factoring", con o sin recurso.

Cuota de: Por cada establecimiento o local donde se efectúen todas o alguna de las operaciones:

- En poblaciones de más de 500.000 habitantes: 531,79 euros.

- En poblaciones de más de 100.000 a 500.000 habitantes: 416,47 euros.

- En poblaciones de más de 40.000 a 100 000 habitantes: 294,73 euros.

- En poblaciones de más de 10.000 a 40.000 habitantes: 115,33 euros.

- En las poblaciones restantes: 83,29 euros.

Nota: Este epígrafe comprendo a aquellas entidades de crédito cuyas actividades consistan en:

- Realización de "factoring", con o sin recurso, así como el ejercicio de las actividades complementarias del mismo, tales como las de investigación y clasificación de la clientela, contabilización de deudores y, en general, cualquier otra actividad que tienda a favorecer la administración, evaluación, seguridad y financiación da los créditos nacidos en el tráfico mercantil nacional o internacional, que les sean cedidos.

- Emisión y gestión de tarjetas de crédito.

- Concesión de avales y garantías, y suscripción de compromisos similares.

Epígrafe 819.5. Establecimientos financieros de crédito que realicen la actividad de arrendamiento financiero.

Cuota de: Por cada establecimiento o local donde se efectúen todas o alguna de las operaciones:

- En poblaciones de más de 500.000 habitantes: 531,79 euros.

- En poblaciones de más de 100.000 a 500 000 habitantes: 416,47 euros.

- En poblaciones de más de 40.000 a 100.000 habitantes: 294,73 euros.

- En poblaciones de más de 10.000 a 40.000 habitantes: 115,33 euros.

- En las poblaciones restantes: 83,29 euros.

Nota: Este epígrafe comprende a aquellas entidades de crédito cuyas actividades consistan en:

- Realización de arrendamiento financiero, con inclusión de las siguientes actividades complementarias:

1.ª Actividades de mantenimiento y conservación de los bienes cedidos.

2.ª Concesión de financiación conectada a una operación de arrendamiento financiero, actual o futura.

3.ª Intermediación y gestión de operaciones de arrendamiento financiero.

4.ª Actividades de arrendamiento no financiero que podrán complementar o no con una opción de compra.

5.ª Asesoramiento e informe comerciales.

- Emisión y gestión de tarjetas de crédito.

- Concesión de avales y garantías, y suscripción de compromisos similares.

Epígrafe 819.6. Entidades de cambio de moneda.

Cuota de: Por cada establecimiento o local donde se efectúen todas o alguna de las operaciones:

- En poblaciones de más de 500.000 habitantes: 390,84 euros.

- En poblaciones de más de 100.000 a 500.000 habitantes: 30,14 euros.

- En poblaciones de más de 40.000 a 100.000 habitantes: 211,44 euros.

- En poblaciones de más de 10.000 a 40.000 habitantes: 83,29 euros.

- En las poblaciones restantes: 64,07 euros.

Epígrafe 819.9. Otras entidades financieras n.c.o.p.

Cuota de: Por cada establecimiento o local donde se efectúen todas o alguna de las operaciones:

- En poblaciones de más de 500.000 habitantes: 390,84 euros.

- En poblaciones de más de 100.000 a 500.000 habitantes: 301,14 euros.

- En poblaciones de más de 40.000 a 100.000 habitantes: 211,44 euros.

- En poblaciones de más de 10.000 a 40.000 habitantes: 83,29 euros.

- En las poblaciones restantes: 64,07 euros.

Nota: Este epígrafe comprende las entidades financieras no especificadas en los epígrafes anteriores del Grupo «Otras instituciones financieras» (819), tales como las sociedades de financiación de ventas a plazos, sociedades y fondos de inversión mobiliaria, etc.