Ii �nico general RESOLU...esarrollo)

Ii �nico general RESOLUCIÓNde13deabrilde2012,delConsejero,porlaquesedisponelapublicacióndelAcuerdodelConsejodeGobiernodelaJuntadeExtremadurade23demarzode2012,porelqueseapruebaelPlanAnualdelaCooperaciónExtremeñaparaelaño2012(PlanEstratégicodesubvencionesenmateriadecooperacióninternacionalparaeldesarrollo).

Ver Indice
»

II. PLAN GENERAL DE LA COOPERACIÓN EXTREMEÑA 2010-2013

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



A/Objetivos y resultados.

Con base a lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía y en la Ley 1/2003, los objetivos en materia de cooperación para el desarrollo de la Comunidad Autónoma de Extremadura marcados por el Plan General durante su periodo de vigencia son:

- Objetivo general. La Cooperación para el Desarrollo de la Junta de Extremadura contribuye a erradicar la pobreza en el mundo generando procesos de desarrollo sostenible en favor de las poblaciones más desfavorecidas del planeta.

- Objetivo específico. La Cooperación de la Junta de Extremadura ha mejorado en términos de calidad y eficacia. Todas sus acciones se realizan de acuerdo con los principios de alineamiento y complementariedad, desarrollándose en el marco de un amplio consenso de todos los actores de la región en particular y con el conocimiento y apoyo de la ciudadanía extremeña en general.

Por su parte, todas las acciones que se pongan en marcha en materia de Cooperación para el Desarrollo por parte de las instituciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura deberán estar dirigidas de manera inequívoca a la consecución de alguno de los siguientes resultados:

- Resultado 1. Se ha mejorado la calidad de vida de las poblaciones de los países y territorios en los que la Cooperación Extremeña realiza intervenciones de cooperación para el desarrollo.

- Resultado 2. Se ha contribuido en acciones humanitarias eficaces en coordinación con actores especializados.

- Resultado 3. Se ha logrado la sensibilización de la población extremeña para intervenir en favor de los Objetivos de Desarrollo del Milenio incorporándose en la sociedad hábitos de conducta y participación alineados con la cultura de la solidaridad y la cooperación para el desarrollo.

B/Contenidos Temáticos.

El artículo 2.3 de la Ley 1/2003 de Cooperación para el Desarrollo de la Comunidad Autónoma de Extremadura establece los siguientes principios rectores: 1) El reconocimiento del ser humano en su dimensión individual y colectiva, como protagonista y destinatario último de la política de cooperación para el desarrollo.

2) La igualdad de todas las personas y pueblos del planeta ante los derechos humanos y colectivos, las libertades públicas, la participación ciudadana y la democracia.

3) La protección del medio ambiente, garantizando la utilización de los recursos de forma sostenible y su preservación para las generaciones futuras.

4) El pleno respeto a los modelos de desarrollo social, económico y político de los destinatarios, a su particular identidad social, religiosa, cultural o económica, y a su escala de valores, sin contradicción con los puntos anteriores.

C/Instrumentos.

Según el Plan General, los instrumentos que habitualmente utilizará de la Cooperación Extremeñason los siguientes:

Programas y Proyectos de Cooperación para el Desarrollo, De gestión, formación y evaluación de la Cooperación y De investigación e innovación. La AOD de la Comunidad Autónoma de Extremadura podrá financiar Programas y Proyectos siempre que respondan a las prioridades establecidos en el presente Plan y que en todo caso deberán contar con objetivos de desarrollo definidos, en una zona geográfica, un periodo de tiempo y uno o varios colectivos de beneficiarios determinados.

Este instrumento puede ser utilizado bajo todas las modalidades de cooperación: Cooperación Indirecta, Cooperación Directa y Cooperación Concertada. En el caso de la modalidad de Cooperación Indirecta, los Programas y Proyectos podrán ser presentados por ONGD extremeñas, entendiendo por tales a aquellas que tienen presencia efectiva y capacidad de gestión instalada en Extremadura. También podrán concurrir a esta modalidad de ayuda otros tipos de entidades privadas sin ánimo de lucro. Asimismo se podrán conceder subvenciones de estado a Administraciones Públicas de los países receptores de ayuda. En las intervenciones puestas en marcha bajo alguna de las otras dos modalidades de cooperación, además de las entidades antes señaladas, podrán acceder a las ayudas entidades públicas del ámbito local, autonómico o estatal, organismos nacionales e internacionales así como las personas jurídicas de derecho público.

Respecto al procedimiento de gestión se utilizará preferente el de concurrencia competitiva para lo cual se publicarán convocatorias anuales de subvenciones. Será pertinente la utilización del procedimiento de concesión directa en los supuestos de Programas y Proyectos en materia de formación y evaluación de la Cooperación y de investigación e innovación, así como las intervenciones que por su especial interés se financien bajo la modalidad de Cooperación Concertada y Cooperación Directa y que, como se ha señalado en el apartado anterior, serán recogidas en los Planes Anuales.

Proyectos de Educación para el Desarrollo. El Objetivo Específico del Plan General señala la necesidad de que las actuaciones de la cooperación extremeña se desarrollen en el marco de un amplio consenso de todos los actores de la región en particular y con el conocimiento y apoyo de la ciudadanía extremeña en general. Con carácter general el procedimiento utilizado será el de concurrencia competitiva.

La Acción Humanitaria. La Acción Humanitaria tiene su propia especificidad por lo que el Plan General considera de manera autónoma esta modalidad de ayuda.

La Acción Humanitaria se entiende no solo como la provisión de bienes y servicios para la supervivencia de los seres humanos en momentos de crisis; así para la cooperación extremeña son aspectos centrales en su actuación la prevención para paliar los efectos de las catástrofes humanitarias provocadas por desastres naturales o por la acción humana así como la protección de las víctimas y sus derechos fundamentales.

De forma específica dos líneas de actuación prioritarias de la Acción Humanitaria de la Comunidad Autónoma son:

a) Contribuir a la reducción de riesgos y a la lucha contra la vulnerabilidad extrema, especialmente de la infancia y la mujer. Para ello se realizarán acciones que vinculen ayuda humanitaria, rehabilitación y desarrollo y se apoyarán acciones de reducción de riesgos y el fortalecimiento de los sistemas locales de prevención y respuesta.

b) Contribuir a la mejora de la capacidad y eficacia de la respuesta humanitaria de la cooperación extremeña y de la estatal. Para ello el diálogo permanente y la coordinación con la Oficina de Acción Humanitaria de la AECID especialmente en momentos de crisis se considera fundamental. Se profundizará en el estudio y desarrollo de las TIC para una respuesta más eficaz en las labores de Acción Humanitaria y gestión de desastres en la línea de la Convención de Tempere, sobre telecomunicaciones y desastres.

Asimismo, la Administración autonómica podrá suscribir convenios de colaboración con Administraciones Públicas con el fin de llevar a cabo proyectos, en los que se determinen las actuaciones a desarrollar en el contexto de presente plan anual.

D/Marco Presupuestario Indicativo.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 4.2 de la Ley 1/2003, el Plan General de la Comunidad Autónoma de Extremadura determinará los recursos presupuestarios indicativos para su ejecución. El artículo 14 de esta misma Ley señala que la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura será la que fije anualmente los créditos destinados a la Cooperación para el Desarrollo.

Sin perjuicio de que anualmente se determinen los montos presupuestarios para cada ejercicio y, de acuerdo con el principio de previsibilidad, se establece un presupuesto indicativo para el cuatrienio 2010-2013 partiendo de una apuesta firme de la Junta de Extremadura por mantener los flujos de recursos financieros destinados a la cooperación para el desarrollo.

En lo que se refiere a Acción Humanitaria se destinará al menos un 7% del presupuesto.