Ii �nico Régimen jurídico de la Administración de la Comunidad
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La ley se compone de ochenta y seis artículos, estructurados en siete títulos, ocho disposiciones adicionales, una disposición transitoria, una disposición derogatoria y dos finales.
El título I, con cuatro artículos, explica el objeto de la ley, establece su ámbito de aplicación y extiende su regulación a la administración instrumental en tanto en cuanto los entes que la integran actúen en el ejercicio de potestades administrativas. También se reflejan en los primeros artículos de la ley, la personalidad jurídica única de la Administración de las Illes Balears y los principios de actuación de la misma, en sintonía con los establecidos en la Constitución y en la legislación estatal básica.
Es importante destacar que, en consonancia con lo previsto en el artículo 44 del Estatuto de Autonomía, se opta por un modelo descentralizado de gestión pública de la Administración de la comunidad autónoma, cuya efectividad última deberá llevarse a la práctica mediante los instrumentos previstos en el ordenamiento vigente.
