Legislación

Informacion publica del acuerdo definitivo de modificacion de la ordenanza fiscal numero 1-I, reguladoradel impuesto sobre bienes inmuebles para el año 2010. - Boletín Oficial de Cantabria, de 04-11-2009

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min

Ambito: Cantabria

Órgano emisor: AYUNTAMIENTO DE SANTANDER

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 212

F. Publicación: 04/11/2009

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial de Cantabria Número 212 de 04/11/2009 y no contiene posibles reformas posteriores

El Ayuntamiento en Pleno, en sesión celebrada el día 29 de octubre de 2009 adoptó el Acuerdo siguiente:

UNO

Desestimar las alegaciones presentadas.

DOS

Aprobar definitivamente la modificación de la ordenanza fiscal nº 1-I Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles que queda redactada de la siguiente forma:

«Artículo 9. Tipo de gravamen, cuota y recargo 1. La cuota íntegra del impuesto es el resultado de aplicar a la base liquidable el tipo de gravamen.

2. El tipo de gravamen será el 0,507 por ciento cuando se trate de bienes urbanos (el resto del párrafo queda igual).

Disposición Adicional Segunda

Tendrán una bonificación en el ejercicio 2010 todos aquellos bienes inmuebles, que en el ejercicio 2009 no hayan sufrido alteración física, jurídica o económica, cuya cuota íntegra, resultado de aplicar a la base liquidable resultante de la revisión catastral el tipo de gravamen, sea superior en un 5% a la cuota liquida devengada en el ejercicio 2009.

El importe de la bonificación a aplicar es la diferencia existente entre la cuota íntegra del ejercicio 2010 y la cuota líquida del ejercicio 2009 incrementada en un 5%.

Disposición Adicional Tercera

Si los valores catastrales de los inmuebles de naturaleza urbana revisados, fueran anulados por cualquier motivo, el tipo de gravamen aplicable en el ejercicio 2010 sería el 0,557% aplicable al valor catastral del ejercicio 2009 con los incrementos aprobados por la Ley de Presupuestos correspondiente.»

TRES

Ordenar la publicación de la misma en el Boletín Oficial de Cantabria en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

Lo que se hace público para general conocimiento, significando que contra dicho acuerdo los interesados

podráninterponer Recurso Contencioso Administrativo, a partir de la publicación del presente anuncio, en la forma y plazo que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción.

Santander, 29 de octubre de 2009.–El alcalde, Íñigo de la Serna Hernáiz.

09/16002